Adiós a la bollería en colegios: deberán ofrecer solo opciones saludables en un año

El nuevo decreto del Gobierno marca un plazo de 12 meses para eliminar bebidas azucaradas y ultraprocesados de máquinas y cafeterías, priorizando una alimentación basada en la dieta mediterránea · Los comedores escolares solo podrán servir croquetas, empanadillas o pizzas una vez al mes y se usará el agua de consumo como única bebida

Europa Press
16 de Abril de 2025
Detalle de una de las bandejas de la comida en el comedor del CEIP Juan Ramón Jiménez. . - María José López - Europa Press - Archivo. Adiós a la bollería en colegios: deberán ofrecer solo opciones saludables en un año
Detalle de una de las bandejas de la comida en el comedor del CEIP Juan Ramón Jiménez. . - María José López - Europa Press - Archivo. Adiós a la bollería en colegios: deberán ofrecer solo opciones saludables en un año

Los colegios e institutos, tanto públicos como concertados y privados, dispondrán de 12 meses para suprimir totalmente las bebidas azucaradas y la bollería de las máquinas expendedoras y cafeterías. Éste es el plazo para la entrada en vigor del Decreto de Comedores Escolares Saludables y Sostenibles, que publica este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE), aunque el Gobierno pretende que los centros empiecen a implementar las medidas desde el inicio del próximo curso escolar.

El objetivo es que los centros escolares dispongan de un periodo para adaptarse, según han confirmado a Europa Press fuentes del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, y se pretende que en el último trimestre del próximo curso puedan cumplir ya todos con las nuevas exigencias que fija el decreto.

No obstante, se prevé una entrada en vigor diferida para determinados criterios cuyo cumplimiento por parte de los centros educativos puede presentar mayores dificultades, estableciéndose un plazo de tiempo suficiente —dos años— para que los contratos de suministros de alimentos puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.

Según recoge el decreto, en las máquinas expendedoras de alimentos y bebidas instaladas en los centros educativos y en las cafeterías de estos centros, los productos no deberán superar las 200 kilocalorías, y solo el 10% de estas podrán proceder de grasas saturadas o de azúcares añadidos o libres.

Asimismo, en la oferta de estos alimentos y bebidas se deberá dar prioridad a productos vegetales, legumbres, cereales integrales, frutas, frutos secos y un consumo moderado de fuentes de proteína animal como pescado, huevos, lácteos y carne, preferentemente de ave y conejo. No se permitirá la venta de productos envasados con un contenido de cafeína superior a 15 mg/100 ml.

Las máquinas expendedoras no se localizarán en zonas accesibles para el alumnado de infantil y primaria, ni podrán incluir publicidad de alimentos, bebidas u otros productos.

También se deberá garantizar el acceso gratuito al agua potable mediante fuentes señalizadas y jarras en los comedores, priorizando envases reutilizables si el suministro no permite otra opción.

MENÚS ESCOLARES

Los menús servidos de lunes a viernes deberán seguir frecuencias específicas: hortalizas y legumbres como primer plato de una a dos veces por semana, y pasta o arroz una vez semanal.

Como segundo plato, pescado entre una y tres veces por semana, huevos de una a dos veces y un máximo de tres raciones de carne, con solo una de carne roja y dos de carne procesada al mes. Los platos con proteína vegetal deberán ofrecerse entre una y cinco veces semanales.

Como guarnición, ensaladas de tres a cuatro veces por semana, y patatas fritas u hortalizas una o dos veces. En cuanto a postres, fruta entre cuatro y cinco veces a la semana, y lácteos sin azúcar solo una vez.

Pan integral dos veces por semana, arroz o pasta integral cuatro veces al mes. Se alternarán pescado azul y blanco, y se podrán incluir crustáceos y moluscos.

Solo una ración de fritura a la semana y una ración mensual de platos precocinados (como pizzas o croquetas). El agua será la única bebida salvo excepciones justificadas.